¿Necesitás reclamar
la cuota de alimentos?
La cuota alimentaria cubre mucho más que comida: vivienda, salud, educación y esparcimiento. Te acompañamos desde la mediación prejudicial obligatoria hasta el cobro efectivo.
Contacto directo
Especialista Derecho Laboral UNL
Rafaela, Santa Fe
De la mediación al
cobro de la cuota
Te acompañamos en cada instancia del proceso.
Evaluamos tu situación
Analizamos ingresos, necesidades y el nivel de vida previo para armar un reclamo fundado.
→Mediación prejudicial
Te representamos en la instancia de mediación obligatoria, donde muchos casos se resuelven sin juicio.
→Demanda judicial (si hace falta)
Si no hay acuerdo, iniciamos el proceso judicial con la constancia de la mediación.
→Seguimiento y ejecución
Si la cuota fijada no se paga, gestionamos las herramientas legales para cobrarla.
La cuota de alimentos
no es solo comida
El monto se fija según las necesidades de quien la recibe y las posibilidades de quien la paga.
En Santa Fe, antes de iniciar la demanda judicial es necesario pasar por una instancia de mediación. Si no hay acuerdo, se emite una constancia que habilita a demandar.
- ✓Vivienda y alimentación — cubre las necesidades básicas de manutención.
- ✓Salud — obra social, medicamentos y atención médica.
- ✓Educación — cuota escolar, útiles y actividades formativas.
- ✓Esparcimiento — actividades recreativas y sociales acordes al nivel de vida familiar.
- ✓Modificación del monto — se puede pedir que aumente, se reduzca o cese si cambian las circunstancias.
- ✓Ejecución por incumplimiento — embargo de haberes e inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Situaciones que
resolvemos
“La mediación prejudicial es una oportunidad, no solo un trámite: bien llevada, muchas veces evita años de litigio.”
📱 Consultá tu casoDudas comunes sobre
alimentos en Rafaela
Generalmente la reclama el progenitor conviviente en representación de los hijos menores, aunque también puede corresponder entre cónyuges o para hijos mayores que estudian, bajo ciertas condiciones.
No hay una fórmula fija: se analizan los ingresos y el patrimonio de quien debe pagar, las necesidades reales de quien recibe la cuota, y el nivel de vida que la familia tenía antes de la separación.
Sí, en Santa Fe es un paso previo obligatorio antes de demandar. Si no hay acuerdo en la mediación, se emite una constancia que habilita a iniciar la demanda judicial.
Existen herramientas legales para ejecutarla: desde el embargo de haberes hasta, en casos de incumplimiento reiterado, la inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Tus hijos tienen derecho
a una cuota justa.
Te acompañamos desde la mediación prejudicial hasta, si hace falta, la demanda y su ejecución. Evaluamos tu situación concreta para orientarte sobre qué es razonable reclamar.
Av. Aristóbulo del Valle 565, Rafaela · (03492) 324163 · Lun–Vie 8:00–19:00 hs