Accidentes Laborales y Enfermedades, importantes actualizaciones de los montos de las prestaciones dinerarias

Índice
  1. ¿Qué son las prestaciones dinerarias?
  2. Actualización según el índice RIPTE
    1. Compensaciones adicionales de pago único
    2. Pisos mínimos indemnizatorios
  3. Compromiso con los derechos de los trabajadores

Cambios en las Prestaciones Dinerarias de las A.R.T. por Accidentes Laborales: Actualización. Marzo de 2024

Las prestaciones dinerarias en el ámbito de los Riesgos del Trabajo son esenciales para proteger a los trabajadores que han sufrido accidentes laborales o enfermedades profesionales. Recientemente, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) ha realizado importantes actualizaciones en los montos de estas prestaciones, asegurando que sean acordes a la pérdida y a la situación económica actual.

¿Qué son las prestaciones dinerarias?

Las prestaciones dinerarias son compensaciones económicas que se otorgan a los trabajadores afectados por accidentes laborales o enfermedades profesionales. Estas incluyen indemnizaciones por incapacidad, muerte o incapacidad total. La Ley de Riesgos del Trabajo establece los criterios para calcular estas prestaciones y garantizar que los trabajadores reciban una compensación justa.

Actualización según el índice RIPTE

La Resolución 18/2024 de la SRT actualiza los valores de las compensaciones dinerarias adicionales de pago único y los pisos mínimos indemnizatorios. Esta actualización se basa en la variación del índice Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). Los cambios se aplican para el período 1 de mazo de 2024 al 31 de agosto 2024 inclusive.

Compensaciones adicionales de pago único

Los valores actualizados para las compensaciones adicionales de pago único son los siguientes:

  • Incapacidad Laboral Permanente (ILP):
    • Inciso a: $12.847.372
    • Inciso b: $16.059.215
    • Inciso c: $19.271.052

Pisos mínimos indemnizatorios

Los pisos mínimos para las prestaciones por incapacidad laboral permanente y muerte son:

  • Incapacidad Laboral Permanente (ILP):
    • No podrá ser inferior a $28.906.583 por el porcentaje de incapacidad laboral permanente.
  • Incapacidad Laboral Permanente Total:
    • No podrá ser inferior a $28.906.583 como piso mínimo.
  • Muerte o incapacidad total:
    • No podrá ser inferior a $5.474.277 como piso mínimo.

Compromiso con los derechos de los trabajadores

Estos valores actualizados reflejan un compromiso para con los derechos de los trabajadores, asegurando que los montos mínimos de compensación sean justos y proporcionales a la gravedad de las situaciones. Además, ofrecen seguridad tanto a los trabajadores como a los empleadores al proporcionar un marco de referencia sólido para las compensaciones.

En conclusión, estas actualizaciones demuestran la importancia de mantener un sistema de Riesgos del Trabajo que proteja a los trabajadores y garantice su bienestar en caso de accidentes laborales. El compromiso con la justicia y la equidad es fundamental para construir un entorno laboral seguro y confiable.
Para leer la Resolución 18/2024 clic aquí

Si necesitas un abogado laboral en Rafaela, haz clic aquí e inicia una conversación por whatsapp con el abogado. Dr. Victor Diaz, especialista en Derecho Laboral (UNL)

Si quieres conocer otros artículos parecidos a Accidentes Laborales y Enfermedades, importantes actualizaciones de los montos de las prestaciones dinerarias puedes visitar la categoría Accidentes Laborales.

Subir

Esta web utiliza cookies para que tengas unas mejor experiencia Leer más